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Conoce los Beneficios de Corresponsabilidad Parental

En el marco de los acuerdos alcanzados a través de las negociaciones colectivas, el Sindicato de Profesionales y Técnicos de Metro publicó la información completa sobre los Beneficios de Corresponsabilidad Parental y Conciliación de la Vida Personal y Laboral. Este conjunto de medidas representa un paso concreto para compatibilizar la vida laboral con el cuidado y la crianza, promoviendo el bienestar de las y los trabajadores.

A continuación, te contamos los principales puntos de estos beneficios, organizados según su público objetivo:

✅ Quienes serán madres y/o padres

Para las personas embarazadas o progenitores gestantes se establecen derechos fundamentales, tales como:

  • Jornada de trabajo entre las 7:00 y las 22:00 horas, manteniendo el pago íntegro de los recargos de turno y rotación.
  • Pago de la licencia médica prenatal sin tope máximo.
  • Mantención del beneficio de radio taxi hasta las 7:30 horas.
  • Entrega de vestuario maternal.
  • Evaluación médica para monitorear su estado de salud por parte de un médico contralor.

Además, existen lineamientos específicos según función:

  • Las y los conductores podrán reducir en una hora su jornada hasta la semana 25 de embarazo, y luego cambiarán a tareas administrativas.
  • Las vigilantes privadas quedarán exceptuadas del uso de vestuario corporativo y también podrán desempeñar labores administrativas que no afecten su embarazo.
  • Las y los jefes de estación, ALA y similares podrán ser destinados a estaciones de menor complejidad, más cercanas a su domicilio, según disponibilidad operativa.
  • Las y los trabajadores de mantenimiento asumirán funciones de menor esfuerzo físico.
  • En el caso de las y los administrativos, quienes tengan modalidad híbrida podrán optar por teletrabajo al 100% desde la semana 25 de embarazo.

Para el progenitor no gestante, se contempla desde la semana 34 de embarazo hasta el nacimiento un permiso de medio día semanal para acompañar al progenitor gestante en controles, previa presentación de certificado médico.

También se otorgan tres días de permiso, continuos o discontinuos, para procesos de adopción o tratamientos de fertilidad.


✅ Quienes ya son madres o padres

Entre los beneficios para quienes ya ejercen la maternidad o paternidad destacan:

  • Control niño sano: media jornada mensual durante el primer año de vida del hijo/a, previa solicitud con 10 días de anticipación.
  • Controles médicos o dentales: media jornada mensual durante el segundo año de vida, también solicitada con 3 días de anticipación.
  • Pago de licencias médicas sin tope.
  • Apoyo en reintegro laboral con coordinación e información clara de parte de la jefatura.
  • Reintegro parcializado tras la licencia maternal:
    • 1er y 2do mes al 50% de la jornada.
    • 3er mes al 75%.
    • 4to mes al 100%.
  • Permiso de alimentación: 2 horas diarias durante el primer año de vida, ajustable a 1 hora en los primeros 2 meses del reintegro parcializado y luego nuevamente a 2 horas desde el tercer mes.
  • Sala cuna: derecho a elegir entre convenios vigentes y extender el beneficio hasta diciembre del año en que el hijo/a cumpla dos años.
  • Bono de cuidado del menor: en casos donde el uso de sala cuna no sea posible, con certificado médico, se entrega un bono especial de atención domiciliaria.

En el caso del padre o progenitor no gestante, se otorga un permiso de un mes desde el nacimiento (o desde la resolución de adopción), y un bono de corresponsabilidad parental si es reconocido como carga legal o especial por el fondo de bienestar.


✅ Permisos y acciones de conciliación para el cuidado familiar

Además de las medidas dirigidas a madres y padres, el convenio incluye beneficios orientados a la conciliación de la vida familiar en situaciones específicas:

  • Permiso de matrimonio o unión civil: 6 días hábiles, continuos, aplicable también a ceremonias religiosas.
  • Permiso por fallecimiento de familiares cercanos: 5 días hábiles, con posibilidad de extensión si ocurre fuera de la región Metropolitana (6 días) o fuera del país (7 días).
  • Permiso remunerado de un día para acompañar a hijas/os en el ingreso a primero básico o la licenciatura de cualquier nivel educativo, previa solicitud con 10 días de anticipación.
  • Permiso para emergencias de hijos/as con TEA: contempla la posibilidad de acudir ante situaciones que afecten la integridad del menor, priorizando servicios cercanos al domicilio cuando existan turnos.
  • Permiso de cuidado personal: 5 días continuos o discontinuos al año para atender a un padre o madre mayores de 60 años, o cónyuge, en caso de accidente o enfermedad grave, con posibilidad de extender por otros 5 días en caso de riesgo de muerte.

Todos estos beneficios reflejan un compromiso sindical que busca proteger la salud, la vida y el equilibrio personal-laboral de las y los trabajadores de Metro.


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