Estimadas socias y socios:
Hacemos un llamado a las y los trabajadores, que se encuentran en condición de teletrabajo y a quienes iniciaron o iniciarán prontamente trabajo en modalidad mixta, a NO FIRMAR el anexo de contrato que está enviando la administración de la empresa, documento que busca consignar las nuevas condiciones de trabajo de esta modalidad híbrida, de forma indefinida.
Nuestro llamado se fundamenta en que hemos reconocido en dicho anexo una serie de arbitrariedades y acuerdos no respetados por parte de la administración en la Mesa de Teletrabajo, conformada entre los sindicatos 1, 2 y representantes de la Gerencia de Personas, tales como:
- Trabajadores y trabajadoras con Art. 22: incremento de jornada laboral.
- Restricciones a la hora de establecer domicilio por las y los trabajadores.
- Falta de entrega de recursos tecnológicos para realizar teletrabajo.
- Disponibilidad de las y los trabajadores: exigencias que no establecen límites de tiempo ni puesto de trabajo.
- Condiciones de seguridad de los puestos de trabajo en modalidad teletrabajo: se instalan exigencias por parte de la empresa que n o están descritas ni claras en ningún documento.
- Labores en teletrabajo: se exige responder ante cualquier solicitud de jefaturas, escritas o verbales, sin establecer los mecanismos formales de comunicación entre las partes.
- Documentación que se exige declarar conocer: la empresa obliga a las y los trabajadores a declarar que conoce todas las “circulares, memorándums, políticas, normativa interna, y normas del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la Empresa, Código de Ética, y a las normas que existan actualmente o que se le comuniquen en el futuro”, sin explicitar cada uno de los documentos, ni ponerlos a disposición de forma conjunta. Además, la ley laboral indica que la única forma en que un o una trabajadora declare conocer cualquier documento, es mediante la firma de éstos.
- Declaración de las y los trabajadores: el anexo obliga a cada trabajador y trabajadora a asegurar que el anexo de trabajo lo le produce ningún “perjuicio ni menoscabo”, por ende, si se produjera cualquier problema que efectivamente genere estos conceptos, la socia o socio no podrá levantar reclamo alguno en ninguna instancia normativa interna o legal
Por la importancia que tiene este documento para el bienestar de las y los trabajadores, a quienes se les está pidiendo firmar este anexo de contrato, es que reiteramos el llamado a NO firmar el documento, hasta que la administración acoja estos planteamientos comunicados hace casi dos meses por ambos sindicatos firmantes.
Como siempre, ante cualquier duda, ambas directivas sindicales quedamos a su completa disposición.
Un abrazo fraterno,SINDICATO DE TRABAJADORES DE METRO
SINDICATO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS DE METRO.