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REGISTRO DE DELEGADOS

¿Qué es el cuerpo de delegadas/os?

El cuerpo de delegadas/os es un órgano de participación sindical, el cual se compone por socias y socios de las distintas gerencias y áreas de la empresa.

Es el encargado de canalizar reclamos, solicitudes, propuestas e inquietudes, con el objeto de fortalecer el vínculo entre las distintas áreas y el directorio sindical.

Estatutos – Artículo 35

Composición y Elección:

  • Es un organismo colegiado compuesto por uno o más trabajadores por área, sección o departamento, según el organigrama de la empresa.
  • Sus integrantes se eligen en Asamblea Ordinaria, con participación de los socios de cada área.
  • Tienen un mandato de dos años, renovable indefinidamente del mismo modo que el Directorio.
  • El Directorio debe informar anualmente a la empresa sobre la nómina y sección de los delegados elegidos.
  • Para ser elegido, el socio debe cumplir los requisitos del artículo 16 del estatuto.

Funciones del Cuerpo de delegadas/os (no taxativas):

  • Analizar y discutir el cumplimiento de las normas de seguridad, denunciando al Directorio cualquier incumplimiento.
  • Proponer medidas correctivas al Directorio frente a deficiencias detectadas.
  • Canalizar inquietudes laborales, sociales, económicas y culturales, representándolas ante el Directorio para su resolución.
  • Recoger inquietudes de los socios en la Negociación Colectiva, actuar como nexo con el Directorio y dar asesoría directa a la Comisión Negociadora.

Requisitos para postular – Artículo 16

  • Saber leer y escribir
  • Estar al día en las cuotas sindicales
  • Poseer una antigüedad igual o superior a un año como socio de la organización
  • Ser mayor de 18 años
  • No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada, por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad solo durará el tiempo requerido para prescribir la pena señalada en el artículo 105 del Código Penal.

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